Términos y condiciones
Última actualización: 6 de octubre de 2026
Estos términos regulan el uso del sitio drnombarasco.com y del canal de WhatsApp del consultorio del Dr. Alfredo Nombarasco (Matrícula 8283, Salta 2538/42, Santa Fe). Al usarlos, aceptás estos términos y la Política de privacidad.
1. Qué ofrece el canal
El canal de WhatsApp sirve para gestionar turnos, pedidos de recetas y consultas administrativas. Las respuestas iniciales las da un asistente automatizado; las decisiones médicas las toma exclusivamente el médico.
2. No es un servicio de urgencias
Este canal no atiende emergencias ni garantiza respuesta inmediata. Ante una urgencia llamá al 107 o acudí a la guardia más cercana.
3. Sin indicaciones médicas automáticas
Ninguna respuesta del asistente automatizado constituye diagnóstico, tratamiento ni indicación médica. Las recetas solo se emiten tras la revisión del médico, por los medios de prescripción electrónica habilitados.
4. Pedidos de recetas
Enviar un pedido de receta no garantiza su emisión. El médico puede solicitar una consulta previa cuando lo considere necesario. Los requisitos y autorizaciones de cada obra social o prepaga dependen de esa entidad.
5. Turnos y pagos
- Los turnos online se confirman una vez acreditado el pago, cuando corresponda.
- Si no podés asistir, avisá con la mayor anticipación posible por WhatsApp para liberar el turno.
- Las condiciones de reprogramación y reintegro se informan al momento de reservar.
6. Información que nos enviás
Sos responsable de que los datos que envíes sean correctos y de que te pertenezcan o estés autorizado a compartirlos. Datos incorrectos pueden impedir gestionar tu pedido.
7. Uso adecuado
No está permitido usar el canal para enviar contenido ofensivo, publicidad o mensajes ajenos a la atención médica. Podemos dejar de responder a quien haga un uso indebido.
8. Cambios
Podemos modificar estos términos. La versión vigente es la publicada en esta página.
9. Ley aplicable
Estos términos se rigen por las leyes de la República Argentina. Para cualquier controversia son competentes los tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.